Ley de inclusión en colegios se aplicará a partir del 1 de marzo
A partir del 1 de marzo los colegios no podrán discriminar a los alumnos por su apariencia física (vestuario, corte de pelo, tatuajes, piercing, etc…), como tampoco si no llevan los útiles escolares. La ley marca que “el sistema propenderá a eliminar todas las formas de discriminación arbitraria que impidan el aprendizaje y la participación de los estudiantes”.
Según explicaciones del jefe del departamento de Denuncias de la Superintendencia de Educación, Oscar Acevedo, para su aplicación se introdujeron cambios sustantivos en los reglamentos internos, como también en que los proyectos educativos institucionales, no conteniendo normas que impliquen una discriminación arbitraria para sus miembros.
La medida ha provocado diferentes reacciones en la sociedad, ya que los sostenedores de colegios, cuestionan el hecho que el no respetar las normativas internas no se pueda traducir en una sanción. Desde la Corporación Nacional de Colegios Particulares de Chile (Conacep), presidida por Hernán Herrera, hay reglas mínimas, que se establecen en las normas internas, tales como: la vestimenta, (referido al uso de uniforme), uso de material escolar, horarios, etc…, estas desde el momento en que el alumno es aceptado en la institución, la familia acepta las leyes internas y por ende deben ser respetadas.
Por su parte la Asociación Metropolitana de Padres y Apoderados (Amdepa), presidida por Eduardo Catalán, añadió que «ha faltado comunicación a los padres, que nos informen qué cosas nos permitirá hacer esta ley, no que lo informen a través de un link en internet».
Fuentes consultadas: La Tercera y Emol
hola buenas tardes. soy Psicologo egresada en Venezuela. quisiera tener informacion si para poder ejercer debo obligatoriamente hacer revalida de mi titulo. o que procedimiento debo tener para ser Profesional activo aca en Santiago. notifico que tengo mis papeles legalizados y pasados por los ministerios de Venezuela y de aca. agradezco su informacion gracias.